1. EL EJERCICIO DE SU PRESUPUESTO ASINADO POR MINISTERIO, VICEMINISTERIO, DIRECCIONES GENERALES E INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS.
EL ORGANISMO EJECUTIVO, ADEMÁS DE LA INFORMACIÓN PÚBLICA DE OFICIO CONTENIDA EN LA PRESENTE LEY, DEBE HACER PÚBLICA COMO MÍNIMO LA SIGUIENTE:
1. EL EJERCICIO DE SU PRESUPUESTO ASINADO POR MINISTERIO, VICEMINISTERIO, DIRECCIONES GENERALES E INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS.
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